Odebrecht llega a un acuerdo de conciliación con el Grupo BID

Las sanciones incluyen la exclusión y contribuciones de US$50 millones para ONG y organizaciones benéficas que prestan servicios a comunidades vulnerables en los países miembros del BID.

Tras una extensa investigación realizada por la Oficina de Integridad Institucional (OII, una oficina independiente del Banco Interamericano de Desarrollo), con la cooperación de la empresa brasileña Odebrecht SA (Odebrecht), OII anunció hoy la inhabilitación de CNO SA (CNO), filial de Odebrecht, durante seis años en relación con prácticas prohibidas en dos proyectos financiados por el BID. La inhabilitación hace que CNO no sea elegible para participar en proyectos financiados por el Grupo BID.

La investigación de OII descubrió sobornos pagados en dos proyectos financiados por el BID: el Programa de la Central Hidroeléctrica de Tocoma en Venezuela y el Programa de Rehabilitación de Carreteras en el Estado de São Paulo en Brasil.

Como parte del Acuerdo, Odebrecht no cuestiona la evidencia obtenida por OII que demuestra que en ambos proyectos CNO cometió prácticas corruptas cuando realizó pagos a funcionarios públicos para facilitar la adjudicación, los pagos de ejecución del contrato y / o las enmiendas del contrato.

Según la OII, los pagos ilícitos ascendieron a más del 5-6% del monto de cada contrato, incluidas las enmiendas. Específicamente para el Programa de rehabilitación de carreteras, entre 2006 y 2008, CNO pagó a los funcionarios del gobierno un monto total equivalente a aproximadamente US$380.000. En el caso del Programa de Central Hidroeléctrica de Tocoma, las evidencias obtenidas por OII indican que entre 2007 y 2015, se realizaron pagos y transacciones ilícitas de hasta US$118 millones utilizando una compleja red de agentes y esquemas de pagos financieros en alta mar.

Las sanciones son el resultado de un Acuerdo de Resolución Negociada (el Acuerdo) entre el BID, la Corporación Interamericana de Inversiones (BID Invest) y Odebrecht en nombre de sus subsidiarias, CNO y Odebrecht Engenharia e Construção S.A. (OEC). El Acuerdo también incluye una no exclusión condicional aplicada a OEC por diez años y a CNO por cuatro años directamente después del período de seis años de CNO. Cuando no se excluye condicionalmente, una empresa sigue siendo elegible para participar en proyectos financiados por el Grupo BID, pero solo si cumple plenamente las condiciones del Acuerdo. Si alguna de las condiciones no se cumple, se excluirá a la empresa.

Como parte de las sanciones, Odebrecht se compromete a hacer una contribución total de US$50 millones, a partir de 2024, directamente a las ONG y organizaciones benéficas que gestionan proyectos sociales con el fin de mejorar la calidad de vida de las comunidades vulnerables en los países miembros en desarrollo del BID.

Además de las sanciones contra CNO y OEC, 19 filiales de CNO estarán sujetas a exclusión y otras 41 filiales de OEC estarán sujetas a no exclusión condicional. Las sucursales de CNO en África están excluidas de la sanción. Por separado, el grupo Odebrecht se compromete a cumplir con ciertas condiciones necesarias para demostrar sus reformas.

El Acuerdo permite un período reducido de exclusión a la luz de la cooperación continua de Odebrecht, incluidas las investigaciones internas destinadas a descubrir riesgos de integridad sistémica para las actividades financiadas por el Grupo BID. Según los términos del Acuerdo, Odebrecht se compromete a informar sobre su programa de cumplimiento a través de un monitor independiente.

El Acuerdo fue negociado por OII de conformidad con los Procedimientos de Sanciones del Grupo BID. Los acuerdos de esta naturaleza son utilizados por el Grupo BID y otros bancos multilaterales de desarrollo como un medio eficaz para resolver investigaciones relacionadas con prácticas prohibidas a cambio de cooperación y divulgación de riesgos de integridad sistémica.

La inhabilitación de CNO y subsidiarias cotizadas califica para la inhabilitación cruzada de otros bancos multilaterales de desarrollo (MDB) en virtud del Acuerdo para la Aplicación Mutua de Decisiones de Prohibición que se firmó el 9 de abril de 2010.

Para obtener información adicional sobre la Oficina de Integridad Institucional del BID y su sistema de sanciones, haga clic aquí.

Fuente: BID

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